Procedimiento Grado a Doctor

 

En las NORMAS OPERATIVAS del Doctorado se encuentran  los requisitos y procedimientos para la obtención del grado de Doctora o Doctor. Se recomienda leer las Normas 33 a la Norma 39.

Norma 33. Para obtener el grado de Doctor se requiere:
I. Cumplir con el total de créditos establecidos en el plan de estudios correspondiente
II. Aprobar el examen de candidatura
III. Publicar el artículo científico de requisito.
IV. Aprobar el examen de grado, que comprende la aprobación de la tesis escrita y su defensa oral

Norma 34. La tesis es la disertación escrita de la investigación que el alumno desarrolló durante su formación en el plan de estudios del Posgrado. La tesis deberá estar elaborada con rigor académico y metodológico acorde con el grado académico. Su objeto de estudio deberá ser claro, delimitado y versará sobre el campo de conocimiento en el que se formó a lo largo de los estudios. Mostrará la importancia y utilidad de la investigación realizada e incluirá un análisis detallado y crítico de los resultados que permita extraer conclusiones de interés en el campo de conocimiento estudiado. La tesis puede ser estructurada en la modalidad monográfica o por artículos científicos, con la estructura base siguiente: 1) Portada y cubierta; 2) Dedicatoria (opcional); 3) Agradecimientos institucionales; 4) Agradecimientos personales; 5) Índice temático, 6) Resumen; 7) Palabras clave; 8) Introducción; 9) Capitulado, constituye el desarrollo mismo de la tesis doctoral y puede ser por estructura monográfica, objetivos o por artículos científicos y queda a criterio del alumno y de su comité tutorial; 10) Discusión general; 11) Conclusiones, 12) Referencias y 13) Anexos (opcional). El resumen y las palabras claves deben estar en español e inglés (en su caso, otro idioma adicional).

Norma 35. Una vez que la tesis escrita de la investigación para obtener el grado tiene el visto bueno del comité tutorial para su defensa, se procederá al análisis por parte del sínodo o jurado mediante el siguiente procedimiento:

a) El alumno solicitará al Comité Académico la integración del Sínodo de examen entregando el documento electrónico y escrito de la tesis, la carta de aprobación de tesis de su comité tutorial que avalan que el documento tiene los méritos para considerarse un trabajo de doctorado y una relación de cinco posibles sinodales procurando que se abarque todas las áreas del tema y no existan posibles conflictos de intereses, esta última también avalada por el comité tutorial.

b) El Comité Académico integrará al jurado con cinco sinodales con tutores del programa y con adscripción en otros programas de investigación, uno de ellos un integrante del comité tutorial del alumno.

c) Una vez designado el Sínodo, la coordinación del programa enviará el archivo electrónico y el estudiante deberá entregar a los sinodales una copia del manuscrito de la tesis de Doctorado a los miembros del jurado, quienes deberán notificar la recepción del documento;

d) Los sinodales deberán emitir por escrito su voto fundamentado al Comité Académico por conducto del estudiante en un plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del momento en que oficialmente reciban el archivo de la tesis;

e) Si alguno de los sinodales no emite su voto en este periodo, el Comité Académico podrá sustituirlo, reiniciando el periodo de veinte días hábiles con el nuevo sinodal designado;
f) Será requisito para presentar el examen de grado entregar los cinco votos emitidos, de los cuales al menos cuatro deben ser favorables; el alumno deberá hacer las modificaciones que consideren junto con su comité tutorial pertinentes a la tesis. 

g) Al obtener los votos favorables la Coordinación fijará la fecha del examen en donde el estudian te expondrá y defenderá de manera oral su investigación. Para ello se considerara los procesos administrativos de la Dirección de Investigación y Posgrado de la UNICACH.

h) En el examen de grado deberán participar al menos tres de los cinco sinodales; si no es el caso, el examen deberá posponerse.

Norma 36. En la obtención del grado de doctor, el alumno que no cuente con al menos cuatro de los votos favorables requeridos podrá solicitar al Comité Académico la revisión del voto o votos no favorables, dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles a partir de que le fue comunicado por
escrito el voto o votos desfavorables. Para ello deberá solicitar por escrito la revisión de su caso al Comité Académico, argumentando las razones que sustentan su solicitud. El Comité Académico podrá ratificar el dictamen no favorable o solicitar una nueva opinión de otro tutor acreditado en el Programa, y notificará la resolución al alumno y al comité tutorial en un lapso no mayor a 20 días hábiles, a través de un dictamen justificado, el cual será inapelable.

Norma 37. Para la aprobación de los exámenes de grado de doctorado se requiere de la mayoría delos votos aprobatorios de los sinodales. Sin embargo, en el acta sólo aparecerán las palabras a) de aprobado; b) aprobado con mención honorífica o c) pospuesto por falta de quorum. En el acta deben firmar todos los sinodales asistentes al examen independientemente del sentido de su voto.

Norma 38. Con base del Reglamento de Investigación y Posgrado, el Comité Académico de este Programa ha establecido los siguientes requisitos para el otorgamiento de la Mención Honorífica alas los sustentantes en el Examen de Grado:

a) Haber concluido la totalidad de las actividades académicas del plan de estudios en un período máximo de ocho semestres.

b) No haber obtenido calificación de No aprobado o No Presentado en su historial académico.

c) Que todas las evaluaciones semestrales hayan sido aprobatorias.

d) Haber aprobado el examen de candidatura en su primera oportunidad.

e) Haber obtenido, en la revisión de su trabajo de grado, los cinco votos aprobatorios de su Sínodo de examen.

f) Que el examen de grado y el trabajo escrito presentado para obtener el grado hayan sido de excelencia académica a juicio de la mayoría de los sinodales presentes en el examen.

g) Que el trabajo presentado durante el examen de grado represente una contribución significativa y original al campo de estudio en el que se enmarque.

h) Que la investigación realizada haya dado origen a al menos tres artículos publicados en revistas de excelencia académica indizadas en JCR.

El comité académico podrá autorizar un número menor de artículos cuando la calidad de estos sea remarcable.

Norma 39. En el caso de que el alumno obtenga suspensión por falta de quorum en el examen degrado, el Comité Académico autorizará otro examen el cual deberá realizarse lo antes posible dentro de un periodo de 20 días hábiles.